El visado turístico constituye un documento obligatorio para toda aquella persona que, no nacida en el país, desee viajar a Cuba. El mismo tiene un precio de 22 € y puede adquirirlo personalmente en nuestras oficinas, a través de los canales de venta de la página web de la Agencia, vía telefónica o mediante e-mail cursado a reservas@cubaliatours.es. En el caso de envío de visados al domicilio del cliente, deberá añadir a su coste los gastos de mensajería para su entrega en tiempo.
Tenga en cuenta que para el envío del visado tendrá que disponer como mínimo de 5 días laborables (no contempla ni festivos ni fines de semana) antes de la fecha de su salida.
El visado turístico le permite una estancia de 30 días en el país, siendo prorrogable por otros 30 días, realizándose en este caso la tramitación directamente en Cuba. El viajero debe conservar su visado durante todo el período de tiempo que permanezca en el país.
Este documento emitido con fines vacacionales y de placer y recreo, no tendrá validez para otras motivaciones de viaje.
Para visados familiares, visas de negocios u otro tipo, deberá dirigirse a la oficina consular de Cuba correspondiente a su localidad.
Requisitos de expedición de visados :
El nombre y apellidos del viajero deberá ser rellenado tal y como consta en su pasaporte en vigor.
El pasaporte y/o documento de viaje deberá tener una validez de al menos 90 días para aquellos ciudadanos o titulares del mismo cuyos países no posean oficina consular en Cuba.
Aquellos titulares de pasaportes cuyos países si tienen representación consular en Cuba, podrán viajar con el mismo si su validez no rebasa el tiempo de estancia en el país, toda vez que podrán prorrogarlo durante su estadía.
Presentación de la reserva de boleto aéreo de ida y regreso o continuidad hacia otro destino.
Carnet de identidad en vigor.
Póliza con cobertura de seguro médico válido para Cuba y por todo el tiempo de estancia en el país.
Otras consideraciones :
Para los ciudadanos extranjeros con residencia acreditada en países miembros de la Unión Europea, Estados Unidos, Canadá, Japón, Australia, no serán exigibles requisitos adicionales.
Los nacionales de los países de Afganistán, Bangladesh, Camerún, Eritrea, Etiopía, Filipinas, Ghana, Guinea Conakry, India, Irak, Irán, Kenia, Nepal, Nigeria, Pakistán, Sierra Leona, Siria, Somalia, Sri Lanka, Yemen y Uzbekistán que soliciten viajar a Cuba, deberán dirigirse al Consulado Cubano más cercano a su lugar de residencia permanente.
Los ciudadanos cubanos residentes en el exterior y aquellos que viajen a otro país, no necesitan de un visado para su entrada o retorno a Cuba.
La tarjeta turística de visado no será válida si presenta enmiendas o tachaduras.
La tarjeta turística de visado no será válida sin el sello de la entidad que lo emite.
INFORMACIÓN IMPORTANTE :
Todo turista, sea ciudadano de Estados Unidos de América o no, para ingresar a Cuba desde territorio estadounidense, sea en tránsito o no, deberá portar un visado turístico específico que expiden las Agencias de Viajes radicadas en territorio de Estados Unidos y una licencia específica que expide el Departamento de Estado.
El visado de turismo es diferente al que se expide en el resto de los países, por lo que las AAVV y TTOO radicados en otro lugar que no sea Estados Unidos no deberán expedir a estos viajeros visados turísticos, pues no serán válidos para viajar a Cuba si lo hacen desde territorio estadounidense.
Ud. es responsable de saber la documentación para viajar a Cuba. Cubalia Tours no se hace responsable si su documentación para el viaje no es la correcta. Desde Cubalia Tours podemos asesorarle, pero somos Agencia de Viajes, no agentes de emigración